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ORDEN 24 de marzo de 2004, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 23 de marzo de 2004, por el que se declara la urgencia y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto «Acondicionamiento del Trazado Ferroviario Albentosa-Santa Eulalia para su uso como Vía Verde de Ojos Negros».

Publicado el 29/03/2004 (Nº 37)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

ORDEN 24 de marzo de 2004, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 23 de marzo de 2004, por el que se declara la urgencia y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto «Acondicionamiento del Trazado Ferroviario Albentosa-Santa Eulalia para su uso como Vía Verde de Ojos Negros».

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 23 de marzo de 2004 Acuerdo por el que se declara la urgencia y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto «Acondicionamiento del Trazado Ferroviario Albentosa-Santa Eulalia para su uso como Vía Verde de Ojos Negros», se procede a su publicación en Anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 24 de marzo de 2004.

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ

ANEXO

Con fecha 2 de junio de 2003 el Ilmo. Sr Director General de Transportes y Comunicaciones aprobó el Proyecto «Acondicionamiento del Trazado Ferroviario Albentosa-Santa Eulalia para su uso como Vía Verde de Ojos Negros».

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 18.1 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 17.1 del Reglamento para su aplicación de 26 de abril de 1957, mediante Resolución de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de fecha 28 de julio de 2003, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 97, de fecha 8 de agosto de 2003, se abrió un periodo de información pública para que los interesados pudieran formular las alegaciones que estimaran oportunas y ofrecer cuantos antecedentes y referencias pudieran servir de fundamento para rectificar posibles errores en la descripción material o legal de las fincas afectadas.

En dicho período de información pública se presentaron diversas manifestaciones y alegaciones relativas a datos catastrales, números de finca, titularidad, y calificación de fincas, por parte de la Compañía Minera Sierra Menera, S. A., el Ayuntamiento de Cella y la sociedad mercantil Aridos Virgen del Pilar, S. A., las cuales deberán ser objeto de estudio y comprobación en el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, a fin de efectuar las rectificaciones o inclusiones que procedan.

De acuerdo con lo señalado en el artículo 52.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, tras la información pública el Gobierno de Aragón puede proceder a declarar urgente la expropiación forzosa.

En el presente caso procede la declaración de urgencia de la expropiación como consecuencia de la necesidad de acometer, a la mayor brevedad posible, las obras necesarias para el acondicionamiento de la vía verde teniendo en cuenta que el tramo de la misma a que se refiere el presente proyecto se une directamente con el tramo ejecutado y puesto en funcionamiento por parte de la Comunidad Valenciana, por lo que es de enorme interés para su valor efectivo la realización cuanto antes de las obras incluidas en este Proyecto.

Asimismo, se considera fundamental proceder a tramitar este expediente de un modo urgente debido al valor estratégico de la actuación, puesto que se trata de una actuación destinada a convertirse en eje vertebrador de toda la oferta de turismo rural y cultural de la zona por donde discurre, así como convertirse en una vía de comunicación no motorizada, a través de espacios rurales libres de presiones urbanas y carreteras en la provincia de Teruel.

Además de lo expuesto, la urgencia viene justificada por la necesidad de acometer las actuaciones de ejecución y conservación del modo más rápido posible, ya que en el momento actual no se está llevando a cabo ningún tipo de medida de protección o conservación, por lo que la demora en el tiempo supondría un incremento cada vez mayor del coste económico necesario para llevar a cabo la ejecución material del proyecto. Por otra parte, en estos momentos existe una disponibilidad presupuestaria incluida en el Plan Especial de Teruel destinada a sufragar el coste de ejecución del citado proyecto.

A la vista de lo anterior procede declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto «Acondicionamiento del Trazado Ferroviario Albentosa-Santa Eulalia para su uso como Vía Verde de Ojos Negros».

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 23 de marzo de 2004,

ACUERDA:

Primero: Declarar urgente, a los efectos de la aplicación del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos incluidos en el Proyecto «Acondicionamiento del Trazado Ferroviario Albentosa-Santa Eulalia para su uso como Vía Verde de Ojos Negros».

Segundo: En cuanto a las manifestaciones y alegaciones aportadas en el período de información pública, se tendrán en cuenta en el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación a fin de efectuar las rectificaciones o inclusiones que procedan.

Tercero: Al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación deberán ser citados los que figuran como titulares de los bienes y derechos afectados y los que han presentado alegaciones.

Cuarto: El presente Acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará a los que figuran como afectados en el expediente y a los que han presentado alegaciones.

Quinto: Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», o bien recurso contencioso-administrativo, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».